Préstamos de funcionamiento de la granja

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El Ley de Desarrollo Rural y consolidada granja (P.L. 92-419, subtítulo B, en su forma enmendada; 7 U.S.C. 1941-1943), autoriza la Agencia de servicio agrícola (FSA) (anteriormente FmHA) para hacer directa y garantizadas préstamos de funcionamiento de la granja.

Los solicitantes deben los agricultores familiares, se les niega crédito por fuentes privadas y cooperativas, con razonables posibilidades de éxito en la operación de la granja. Funcionamiento préstamos se otorgan a los agricultores para ayudarles a pagar sus gastos operativos tales costos de producciones como piensos, semillas, fertilizantes y pesticidas y para cubrir otros gastos operativos esenciales. El reembolso programado es generalmente más de 1 a 7 años dependiendo de fines de préstamo. La tasa de interés sobre préstamos directos está determinada por la Agencia de servicio agrícola y no exceda el costo federal de préstamos plus punto porcentual. Sin embargo, los préstamos a los prestatarios de recurso limitado pueden hacerse en significativamente por debajo de las tasas del mercado. La tasa de interés sobre préstamos garantizados se negocia entre el prestatario y el prestamista. USDA garantiza que el reembolso oportuno del 90% del capital y los intereses sobre préstamos garantizados y en algunos casos puede subsidiar la tasa de interés de estos préstamos. El importe del USDA directamente puede prestar o garantizar cada año está determinado en el proceso de Apropiaciones del Congreso anual.

Referencias

Este artículo incorporamaterial de dominio público desde el Servicio de investigación del Congreso documento "Informe para el Congreso: Agricultura: un glosario de términos, programas y leyes, edición 2005" por Jasper Womach.

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