RASTROS

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RASTROS, o Trade Control and Expert System, es una herramienta de certificación veterinario basado en la web utilizada por el Unión Europea para controlar la importación y exportación de animales vivos y productos animales dentro y fuera de sus fronteras. Su red cae bajo la responsabilidad de la Comisión Europea.

Contenido

  • 1 Fondo
  • 2 Características
  • 3 Historia
    • 3.1 Red ANIMO
    • 3.2 Red SHIFT
      • 3.2.1 CIRD SHIFT
      • 3.2.2 CAMBIO DE RCS
      • 3.2.3 CAMBIO DE LMS
    • 3.3 Las razones de ANIMO y el de desplazamiento fallas
    • 3.4 Origen de los rastros
  • 4 Flujo de trabajo
    • 4.1 Proporcionar certificados
    • 4.2 Notificación
    • 4.3 Gestión de listas de establecimientos de terceros países
    • 4.4 Serias amenazas
    • 4.5 Trazabilidad
  • 5 Sistemas similares en todo el mundo
    • 5.1 Redes supranacionales
    • 5.2 Acuerdos de libre comercio
  • 6 Conclusiones
  • 7 Notas
  • 8 Véase también
  • 9 Enlaces externos

Fondo

Desde finales del siglo XIX, siguiendo el desarrollo de la moderna Medicina Veterinaria y inocuidad de los alimentosLos Estados los europeos han construido, en paralelo con Aduanas estructuras, estaciones de inspección veterinaria situadas en las fronteras conocidas como puestos de inspección fronterizos. Allí se comprueban todos los productos de origen animal, incluidos los animales vivos para evitar brotes de zoonosis y epizootias. Tras el desarrollo de automatización de oficina y computadoras redes en los ' 80, muchos países comenzaron a pensar en certificación veterinaria computadora.

En la década de 1990, según la su primer pilar, la Unión Europea comenzó a estudiar cómo proporcionar una red de computadoras de escala europea dedicada a la salud animal y seguridad alimentaria con el objetivo de fortalecer la mercado único europeo y la protección de los consumidores.

La red rastros comenzó en abril de 2004 como un sustituto de las mayores redes ANIMO y cambio. (Vea la sección historia.)

Características

RASTROS está parado para el "comercio y experto en sistema de Control", este acrónimo realza la trazabilidad aspecto que constituye el elemento central del sistema y es un factor clave de la seguridad alimentaria. La primera mención de este sistema fue la decisión de la Comisión 2003/623/CE[1] del 19 de agosto de 2003.

Se basa en una red utilizando las autoridades veterinarias de internet de Estados miembros y participantes de países extracomunitarios. A través de él, las autoridades centrales y locales, operadores de postes y economía inspección fronteriza están vinculados.

Proporciona certificados electrónicos sanitarios obligatorios para el seguimiento de las mercancías y animales vivos: Documento común de entrada veterinaria, o DVCE como se define en la decisión 2003/279/CE de la Comisión[2] del 15 de abril de 2003 para los productos (DVCE P) y el Reglamento 2004/282/CE de la Comisión[3] de los 18 de febrero de 2004 para DVCE para animales vivos (DVCE A).

RASTROS envía un mensaje electrónico desde el punto de partida para el punto de transferencia y el punto de llegada para notificar que está llegando una remesa. Asimismo, cada punto interesado envía un mensaje a otros puntos que permite un seguimiento bien desarrollado del movimiento consignación (mercancías o animales).

Se proporciona la legislación de la Unión Europea ad hoc, gestiona la lista de establecimiento del país extracomunitario[4] cual es la lista acordada para la importación en la UE y mantiene en el archivo los envíos rechazados y el motivo de rechazo.

Los operadores económicos son capaces de iniciar el proceso electrónicamente mediante la cumplimentación de la primera parte de los certificados obligatorios para la importación de bienes y animales en la UE.

Su próximo paso será la certificación electrónica sin ningún papeleo. Por el momento, la base legal para el intercambio de bienes o animales vivos entre terceros países y la UE es un certificado de papel, aunque la decisión 2004/292/CE[5] dice obligatoria para los Estados miembros y los operadores económicos para utilizar rastros desde el 31 de diciembre de 2004.

RASTROS utiliza todas las lenguas de la EU y Rusia y el Dirección General de salud y protección del consumidorDirección G, unidad G2, sector rastros, está a cargo de la carga de trabajo. El RASTROS página está en el sitio web europa.eu.

Historia

Antes de rastros, la UE intentó dos veces crear una red basada en computadora dedicada a la salud animal y seguridad alimentaria para el intercambio de bienes y animales vivos iva el ANIMO y redes de turno.

Red ANIMO

ANIMO estaba parado para el "Sistema de movimiento de ANimal" y es un sistema de seguimiento computarizado para los movimientos de animales, mientras que la red SHIFT está dedicada a los movimientos de mercancías.

La Directiva de la Consejo de la Unión Europea 90/425/CEE[6] acerca de los controles veterinarios y zoo-técnico dice, arte 20, Alinea 1:

Deberá presentar a la Comisión, con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 18, un sistema informatizado de enlace a las autoridades veterinarias, con miras, en particular, para facilitar el intercambio de información entre las autoridades competentes...

El 15 de julio de 1991, la Directiva del Consejo 91/496/CEE[7] definidos los controles veterinarios para llevarse a cabo sobre bienes importados de países extracomunitarios.

Siguiendo estas directrices, la Comisión comenzó a crear la estructura de los rastros. La decisión de 19 de julio de 1991 de la Comisión 91/398/CEE[8] es en relación con una red computarizada enlazan a las autoridades veterinarias (ANIMO).

La Comisión lanzó una invitación a licitar en diciembre de 1991. El 03 de diciembre de 1991, la decisión de la Comisión 91/638/CEE[9] se refirió a la designación del centro de acogida.

En 02 de julio de 1992, la decisión de la Comisión 92/373/CEE[10] señalado en el artículo 1: "el centro de acogida de la empresa Eurokom, Avenue de la Joyeuse Entrée 1, B-1050 Bruxelles, es señalado como el centro común de host para la red informatizada 'Animo'".

El 25 de septiembre de ese año, la Comisión 92/486/CEE[11] el anfitrión común colaborará con los Estados miembros.

El 21 de diciembre de 1992, la Comisión 93/70/CEE[12] especifica que el mensaje ANIMO enviará utilizando su propio sistema de codificación que es diferente del código ISO utilizado por la Organización Mundial de aduanas y ahora en uso en los rastros.

Finalmente el 04 de junio de 2002, la Comisión 2002/459/CE[13] definida la lista de unidades que ANIMO y deroga la decisión 287/2000/CE.

ANIMO fue utilizado por los Estados miembros, Suiza, Noruega, Islandia, Andorra, San Marin, Eslovenia, Malta y Chipre. ANIMO sólo fue capaz de enviar mensajes y carecía de interactividad con las autoridades veterinarias.

A principios de los noventa, la Internet y todas las demás redes no eran de uso común; Esto puede explicar por qué personas estaban tan reacios a utilizar aminoácidos.

ANIMO fue capaz de rastrear el origen de los animales y bienes en caso de problemas y para advertir a las autoridades veterinarias proporcionando que se han introducido datos en el sistema que no se realizó sistemáticamente.

El sistema carecía de una base de datos sobre la legislación europea sobre importaciones procedentes de países extracomunitarios. Esto resultó en una pérdida de tiempo en los puestos de inspección fronterizos, como uno tuvo que esperar a que la legislación apropiada debe ser encontrado.

ANIMO también se dedicó sólo a animales vivos. Lo no seguir la pista de datos referentes a los rechazados o bienes rechazados; un envío rechazado fue capaz de probar en otro punto de entrada en otro puesto fronterizo. Más en general, este antiguo sistema no seguimiento de los movimientos de los animales o mercancías en la Unión Europea o su importación.

Por todas estas razones la Comisión intentó desarrollar otra herramienta, la red SHIFT.

Red SHIFT

CAMBIO significa"System para ayudar con la Hcontroles de salud Iimportar artículos de veterinaria preocupación por Fpuestos de inspección Rontier de THird países".

La necesidad para el desarrollo de turno fue expresada en la decisión 88/192/CEE del Consejo[14] el 28 de marzo de 1988. Artículo 1 declaró: "La Comisión será responsable de elaborar un programa para el desarrollo de la informatización de los procedimientos de importación veterinaria (proyecto Shift)".

Con mayor precisión la decisión 92/438/CEE del Consejo[15] especifica la informatización de los procedimientos de importación veterinaria (proyecto SHIFT) que modifica las directivas 90/675/CEE, 91/496/CEE y 91/628/CEE y decisión 90/424/CEE y se deroga la decisión 88/192/CEE. Otra vez esta decisión dio a la Comisión la responsabilidad de organizar una red de computadoras.

CAMBIO fue diseñado para gestionar electrónicamente los aspectos sanitarios de productos animales y animales procedentes de países extracomunitarios. Fue dividido en tres partes.

CIRD SHIFT

CIRD o comunidad importación requisito de base de datos, fue enviado a las autoridades veterinarias en frontera puestos de inspección la legislación necesaria para las importaciones. También debía para controlar los datos válidos de los envíos. La imposibilidad de actualizar esta base de datos en tiempo real fue la razón principal de su fracaso.

CAMBIO DE RCS

Con RCS, o sistema de envíos rechazados, toda información concerniente a rechazado animales y productos animales se mantuvo en una base de datos para asegurarse de que no tratarían de entrar por la frontera en otro lugar. Esto funcionó como una prototipo en Grecia y Bélgica.

CAMBIO DE LMS

LMS, o sistema de gestión de la lista, logró lista de establecimientos de los países extracomunitarios. Estos establecimientos fueron aprobados por la autoridad veterinaria de su país para importar a la UE y listados por la Comisión en esta base de datos.

CAMBIO nunca ha operado excepto parcialmente en Bélgica y Grecia. Ambos sistemas, ANIMO y a cambio, no pudo proporcionar una herramienta útil para fortalecer la seguridad alimentaria y salud animal seguro en Europa y ayudar a construir un mercado único europeo.

Las razones de ANIMO y el de desplazamiento fallas

  • Los Estados miembros probablemente no estaban dispuestos a delegar la responsabilidad en un tema tan sensible como la seguridad alimentaria y la salud pública.
  • La World Wide Web (o en menor escala la web ancha Europea) no estaba en uso actual en ese momento y hasta profesionales no entendía todo su potencial.
  • Posiblemente la gente de inspección fronteriza puestos no eran conscientes y preocupados por ser parte de una red de seguridad nacional y europeo.
  • La propia Comisión era solamente un poco entusiasta y estaba esperando hasta el comienzo del siglo XXI para iniciar desarrollo real.

Origen de los rastros

Tras el fracaso de ANIMO y cambio, que ha probado para ser particularmente ineficaz durante el brote de peste porcina al final de la década de 1990, la Parlamento Europeo en la resolución A5-0396/2000[16] de 13 de diciembre de 2000 declarado

"Pide a la Comisión para garantizar que el sistema de movimiento de Animal (ANIMO) es administrado y desarrollado bajo el completo control de la Comisión" (Alinea 23);

en cauda venenum:

Lamenta que tres años después de la consideración de una evaluación del sistema ANIMO, mejoras debe todavía ser introducido; pide a la Comisión a presentar sin propuestas de retardo para la modificación de la Directiva 90/425/CEE, teniendo en cuenta las observaciones del Tribunal de cuentas y la evaluación mencionada, como la realizada por la propia Comisión (en Alinea 24);

Otra vez, en 2002, a raíz del brote de pie - y - boca disease durante el año 2001 el Parlamento[¿que?] pidió a la Comisión:

La Comisión debería adoptar sin demora medidas para mejorar el sistema existente para monitorear el movimiento de animales vivos dentro de la UE (sistema Animo). Además, debe introducirse rápidamente el sistema para el monitoreo de las importaciones en la UE (sistema de turnos).(alinea 123)

La decisión de la Comisión 24/2003/CE de 30 de diciembre de 2002 preveía la elaboración del nuevo sistema informático y el 19 de agosto de 2003 la decisión 2003/623/CE[1] anunció el desarrollo de un sistema integrado de veterinario automatizado denominado TRACES:

"Con respecto al establecimiento previsto en la decisión 2003/24/CE, de la arquitectura única conocida como rastros, que combina las funciones de los sistemas ANIMO y SHIFT, la Comisión deberá desarrollar el nuevo sistema ANIMO y ponerla a disposición de los Estados miembros." (Artículo 1)

Esta nueva red proporcionará (no es una lista exhaustiva)

  • Una arquitectura basada en Internet entre los Estados miembros estructuras veterinarias (especialmente puestos de inspección fronterizos), las autoridades veterinarias central de los Estados miembros, la Comisión Europea y las autoridades centrales y puestos de inspección local de países extracomunitarios;
  • Un acceso a la legislación de la UE;
  • Seguimiento de los bienes rechazados o animales vivos;
  • Gestión de países extracomunitarios listas de establecimientos autorizados para importar a la UE.

RASTROS se ha desarrollado dentro de las competencias[aclaración necesitado], no con un centro de servicios externos. Está bajo la responsabilidad de la Dirección General de salud y protección del consumidor o DG SANCO.

Flujo de trabajo

Funciones de rastros en todo el Lenguas europeas (excepto Gaélico) y en chino, croata, islandés, noruego, Ruso y turco.

Proporcionar certificados

RASTROS ofrece electrónica, con la posibilidad de imprimir, certificados veterinarios y sanitarios que son obligatorios con los envíos durante la importación y el movimiento en la UE. Estos certificados sigan tanto animales vivos y productos animales que viajan hacia y a través de la Unión Europea.

  • Certificados de comercio intracomunitario, Reglamento 599/2004 de la Comisión;[17]
  • Certificados de importación en la UE desde un país extracomunitario, decisión 2007/240/CE de la Comisión;[18]
  • Veterinaria entrada documento común para los animales, Reglamento 282/2004/CE de la Comisión[19] y para los productos, regulación 136/2004/CE de la Comisión.[20]

Notificación

Notificación es sólo un improvisado intercambio de información tal como se define en la Directiva de la Consejo 90/425/CEE,[21] establecidas en los artículos 4 y 8, 10 y 20.

"La Comisión deberá presentar, con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 18, un sistema informatizado de enlace a las autoridades veterinarias, con miras, en particular, para facilitar el intercambio de información entre las autoridades competentes de las regiones donde se haya expedido un certificado de salud o documento que acompañe a los animales y productos de origen animal y las autoridades competentes del Estado miembro de destino." (Artículo 20, alinea 1)

En cada paso del transporte, en la inspección fronteriza puesto por ejemplo, los rastros proporciona un mensaje electrónico a quien está preocupado por este movimiento. Si se identifica un problema principal de salud pública o la sanidad animal durante una inspección, esta notificación está hermanada por una notificación en el RASFF red de alerta.

Gestión de listas de establecimientos de terceros países

Estos establecimientos tienen que ser aprobadas por las autoridades veterinarias de su país antes de ser listados por la Comisión. Este procedimiento permite el derecho de importación a la UE. Al completar el certificado de operador económico sólo tiene que llamar a su propio establecimiento en la lista y marque la casilla.[22] Reglamento 854/2004 del Parlamento Europeo.[23]

Serias amenazas

RASTROS proporciona una legislación de la UE, cubriendo el campo requerido para cada certificado, impone los controles físicos aplicables y los controles reforzados. En caso de brote grave amenaza o enfermedad puede activar la Comisión vía rastros las medidas de salvaguardia necesarias a través de una decisión de 20 de mayo de 1994 de la Comisión 94/360/CE[24] que trata con controles reforzados y medidas de salvaguardia.

Trazabilidad

La trazabilidad es el elemento central del sistema. Seguimiento de rastros cada importación o movimiento en la UE de animales o productos de origen animal que permite localizar instantáneamente el viaje en caso de problema grave.

Más precisamente datos acerca de los envíos rechazados y especialmente los motivos de rechazo, se mantienen para el mismo propósito.

Sistemas similares en todo el mundo

Redes supranacionales

Similares existentes supranacional redes movimiento manejo de productos animales y animales de una seguridad alimentaria punto de vista:

  • AFSIS: Asean FOod seguridad Información System toda la ASEAN países y Japón, China y Corea. Esta red se basa en la recopilación y el intercambio de datos sobre seguridad alimentaria, se podría considerar como la red siguiente de rastros.

Acuerdos de libre comercio

Acuerdos de libre comercio que potencialmente incluyen aspectos sanitarios y veterinarios:

  • MERCOSUR:: Comunidad económica de los países América del sur
  • UNASUR creado el 23 de mayo de 2008 parece tener como objetivo para los mismos objetivos que la Unión Europea.
  • El Acuerdo de libre comercio de América del norte (NAFTA) es sólo un tratado de libre comercio. Las preocupaciones sanitarias se establecen en los artículos 712/713/714 sin mención de cualquier red común. Estos acuerdos están dedicados a mejorar el comercio entre los países, pero no incluyen una red veterinaria capaz de proteger la salud de los consumidores y facilitar el comercio a escala continental.

Conclusiones

RASTROS constituye un elemento clave de la Unión Europea facilita el comercio y mejora la protección de la salud para el consumidor, como se establece en el Primer pilar principio.

Muchos países están usando las redes informáticas para proporcionar la certificación veterinaria, Nueva Zelanda, Estados Unidos y Canadá, pero los rastros es la red sólo supranacional en el mundo trabajando en una escala continental de 27 países y casi 500 millones de personas.

Notas

  1. ^ a b "Decisión 2003/623/CE de la Comisión". eur-lex.europa.eu. 2009-03-19.
  2. ^ "Decisión 2003/279/CE de la Comisión". 2009-03-19.
  3. ^ "El Reglamento 2004/282/CE de la Comisión". 2009-03-19.
  4. ^ «Lista de establecimiento de tercer país». EC.Europa.eu. 2009-03-19.
  5. ^ "Decisión 2004/292/CE de la Comisión". eur-lex.europa.eu. 2009-03-19.
  6. ^ "La Directiva 90/425/CEE del Consejo". eur-lex.europa.eu. 2009-03-19.
  7. ^ "Directiva 91/496/CEE del Consejo". 2010-03-12.
  8. ^ "La decisión 91/398/CEE de la Comisión". eur-lex.europa.eu. 2009-03-19.
  9. ^ "La decisión 91/638/CEE de la Comisión". eur-lex.europa.eu. 1991-12-13. 2009-03-19.
  10. ^ "Decisión 92/373/CEE de la Comisión". eur-lex.europa.eu. 14 / 07 / 1992. 2009-03-19.
  11. ^ "Decisión 92/486/CEE de la Comisión". eur-lex.europa.eu. 2009-03-19.
  12. ^ "Decisión 93/70/CEE de la Comisión". eur-lex.europa.eu. 2009-03-19.
  13. ^ "Decisión 2002/459/CE de la Comisión". eur-lex.europa.eu. 2009-03-19.
  14. ^ "La decisión 88/192/CEE del Consejo". eur-lex.europa.eu. 2009-03-19.
  15. ^ "Decisión 92/438/CEE del Consejo". 2009-03-19.
  16. ^ "Resolución A5-0396/2000 del Parlamento Europeo". 2009-03-19.
  17. ^ "Regulación 599/2004/CE de la Comisión". 2009-03-19.
  18. ^ "Decisión 2007/240/CE de la Comisión". 2009-03-19.
  19. ^ "Reglamento 282/2004/CE de la Comisión". 2009-03-19.
  20. ^ "Regulación 136/2004/CE de la Comisión". 2009-03-19.
  21. ^ "La Directiva 90/425/CEE del Consejo". eur-lex.europa.eu. 2009-03-19.
  22. ^ "Tercer país establecimiento lista". EC.Europa.eu. 2009-03-19.
  23. ^ "Reglamento 854/2004/CE del Parlamento Europeo". 2009-03-19.
  24. ^ "Decisión 94/360/CE de la Comisión". eur-lex.europa.eu. 2009-03-19.

Véase también

  • Comisión Europea
  • Tres pilares de la Unión Europea
  • Consejo de la Unión Europea
  • Parlamento Europeo

Enlaces externos

  • RASTROS en el sitio Web.
  • El sistema TRACES en CONTROLES VETERINARIOS, NORMAS ZOOSANITARIAS, HIGIENE DE LOS ALIMENTOS.
  • Organización Mundial de Sanidad Animal sitio Web.
  • Dirección General de salud y protección del consumidor, DG SANCO sitio Web.
  • Organización Mundial de aduanas sitio Web.
  • El RASFF red.
  • El AFSIS red.
  • UNASUR sitio Web.
  • MERCOSUR sitio Web.
  • TLCAN sitio Web.
  • El acceso a la Programa de rastros.
  • El acceso a la Legislación de la Unión Europea.

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