Ley de competencia de la Unión Europea

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Junto con de sus servicios públicos, la Unión de Europa economía de mercado, que derecho de la competencia tiene como objetivo proteger contra prácticas desleales de comercio y el monopolio privado, generado € 14,303 trillones en 2013.

Derecho de la competencia europea promueve el mantenimiento de la competencia en el Unión Europea mediante la regulación de la competencia realizar las empresas para que no crean carteles y monopolios dañaría los intereses de la sociedad. Con una historia que se remonta a las prohibiciones en la alojamiento del comercio,[citación necesitada] e influenciados por la experiencia de la Estados Unidos Ley Sherman de 1890[citación necesitada] y de la Acto de Clayton de 1914[citación necesitada], Derecho de competencia europeo hoy deriva sobre todo de los artículos 101 a 109 de la Tratado sobre el funcionamiento de la Unión Europea, así como una serie de reglamentos y directivas. Cuatro áreas principales de la política incluyen:

  • Carteles, o control de colusión y otros las prácticas anticompetitivas, conformidad con el artículo 101 de la Tratado sobre el funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
  • Dominio en el mercado, o prevenir el abuso de posición dominante en el mercado de las empresas bajo el artículo 102 del TFUE.
  • Fusiones, control de propuestas fusiones, adquisiciones y joint-ventures con empresas que tienen una cantidad determinada, definida de volumen en la UE, según el Reglamento sobre concentraciones[1]
  • Ayudas estatales, control de las ayudas directas e indirectas dadas por Los Estados miembros de la Unión Europea a las empresas TFUE artículo 107

Este último punto es una característica única del régimen de ley de la competición europea. Como el Unión Europea se compone de independiente Estados miembros, política de competencia y la creación de la Unión Europea mercado único podría resultar ineficaz eran Estados libres de apoyar empresas nacionales cuando lo vio oportuno. UN 2013 Civitas Informe enumera algunos de los artificios utilizados por los participantes a las reglas de ayuda estatal sobre contratación de la falda.[2] Autoridad principal para la aplicación de derecho de la competencia dentro de la Unión Europea se apoya con Comisión Europea y su Dirección General de competencia, aunque el estado del SIDA en algunos sectores, como la agricultura, son manejadas por otras direcciones generales. Las direcciones pueden mandato reembolsar ayudas estatales mal dada, como fue el caso en el 2012 con Líneas aéreas húngaras Malév.[3]

Contenido

  • 1 Historia
  • 2 Fusiones y monopolios
    • 2.1 Alcance del derecho de la competencia
    • 2.2 Fusiones y adquisiciones
    • 2.3 Abuso de posición dominante
    • 2.4 Oligopolios
  • 3 Los carteles y colusión
    • 3.1 Carteles
    • 3.2 Exenciones
    • 3.3 Restricciones verticales
    • 3.4 Joint ventures
  • 4 Aplicación de la
    • 4.1 Acciones privadas
    • 4.2 Ejecutivo europeo
    • 4.3 Autoridades nacionales
    • 4.4 Cooperación internacional
  • 5 Política de estado
    • 5.1 Servicios públicos
    • 5.2 Contratación
    • 5.3 Ayudas estatales
    • 5.4 Liberalización
  • 6 Teoría de la
  • 7 Véase también
  • 8 Notas
  • 9 Referencias
  • 10 Acoplamientos externos

Historia

Vea también: Historia del derecho de la competencia

"personas del mismo oficio rara vez se reúnen, para alegría y diversión, pero la conversación termina en una conspiración contra el público, o en alguna invención para subir los precios. Es imposible de hecho evitar que tales reuniones, cualquier ley que pueda ser ejecutado, o estaría en consonancia con la libertad y la justicia. Pero aunque la ley no puede impedir a gente del mismo comercio a veces congregarnos, debería hacer nada para facilitar esas asambleas; mucho menos hacerlas necesarias."

Un Smith, Riqueza de las Naciones (1776) Libro I, ch 10

Uno de los objetivos primordiales de los padres fundadores de la Comunidad Europea - estadistas alrededor Jean Monnet y Robert Schuman -fue el establecimiento de un mercado único. Para lograr esto, un marco normativo compatible, transparente y bastante estandarizado para derecho de la competencia tuvo que ser creado. El acto legislativo constitutivo fue Reglamento 17/62[4] (ahora derogada). La redacción de Reg 17/62 se desarrolló en un pre Van Gend en Loos período de evolución jurídica de la CE, cuando la supremacía del derecho Comunitario no se estableció todavía completamente. Para evitar distintas interpretaciones de la ley de competencia de la CE, que podría variar de un órgano jurisdiccional nacional a la siguiente, la Comisión se hizo a asumir el papel de autoridad de aplicación central.

La primera decisión importante en el artículo 101 (entonces artículo 85) fue tomada por la Comisión en 1964.[5] Encontró que Grundig, un fabricante alemán de aparatos electrodomésticos, actuado ilegalmente en concesión de derechos de concesión exclusiva a su filial francesa. En Consten y Grundig [1966] la Tribunal Europeo de justicia confirmó la decisión de la Comisión, amplió la definición de las medidas que afecten al comercio para incluir los "efectos" y generalmente anclado su posición clave en la aplicación de la ley de competencia junto con la Comisión. Posterior aplicación del Art 101 del Tratado TFUE (la lucha contra acuerdos contrarios a la competencia) por las dos instituciones generalmente ha sido considerada como eficaz. Sin embargo, algunos analistas afirman que la Comisión monopolio de política (la aplicación del Art 102) ha sido "en gran medida ineficaz",[6] debido a la resistencia de los gobiernos de los Estados miembros individuales buscaban proteger sus empresas nacionales más importantes de desafíos legales. La Comisión también recibió críticas de los trimestres académicos. Por ejemplo, San Valentín Coré, eminente Analista jurídico en el campo, argumentó que la Comisión era demasiado riguroso en su aplicación de normas de competencia de la CE y a menudo ignora la dinámica de comportamiento de la empresa, que, en su opinión, podría ser beneficioso para los consumidores y la calidad de los productos disponibles en algunos casos.

Sin embargo, los arreglos en el lugar funcionó bastante bien hasta mediados de la década de 1980, cuando quedó claro que con el paso del tiempo, ya que la economía europea creció constantemente en tamaño y actividades anticompetitivas y prácticas de mercado se hicieron más complejas en la naturaleza, la Comisión finalmente sería incapaz de hacer frente con su carga de trabajo.[7] El dominio central de la Dirección General de competencia ha sido cuestionada por el rápido crecimiento y sofisticación de las autoridades nacionales de competencia (autoridades nacionales) y por la creciente crítica de las cortes europeas con respecto al procedimiento, interpretación y análisis económico.[8] Estos problemas han sido engrandecidos por la carga de trabajo cada vez más inmanejable el centralizada corporativa del sistema de notificación. Otra razón por qué era necesaria una reforma del antiguo Reglamento 17/62, era la inminente ampliación de la UE, por la cual sus miembros era ampliar a 25 de 2004 y 27 de 2007. Dada la naturaleza aún en desarrollo de la centro-este Europea nuevas economías de mercado, la Comisión ya inundada anticipó un aumento más significativo en su carga de trabajo.

A todos estos desafíos, la Comisión ha respondido con una estrategia de descentralización de la aplicación de las normas de competencia a través de los llamados Reglamento de la modernización. Consejo de la UE regulación 1/2003[9] lugares de tribunales nacionales de las autoridades de competencia nacionales y del Estado miembro en el corazón de la aplicación de los Arts 101 y 102. Ejecución descentralizada ha sido la forma habitual de otras normas de la CE, Reg 1/2003 finalmente retrasará esto al derecho de la competencia así. La Comisión todavía conservó un papel importante en el mecanismo de aplicación, como la fuerza de coordinación en la recién creada Red Europea de competencia (ECN). Esta red, formada por los organismos nacionales y la Comisión administra el flujo de información entre autoridades nacionales y mantiene la coherencia y la integridad del sistema. Al tiempo, Comisario de la competencia Mario Monti había aclamado este Reglamento como que 'revolucionar' la aplicación de Arts 101 y 102. Desde mayo de 2004, todas las autoridades nacionales y los tribunales nacionales están facultados para aplicar plenamente las disposiciones de competencia del Tratado CE. En su informe de 2005, la OCDE alabó el esfuerzo de modernización de prometedor y señaló que la descentralización ayuda a redirigir recursos para la competencia de la dirección general puede concentrarse en investigaciones complejas, toda la comunidad. Aún los acontecimientos más recientes arrojan dudas sobre la eficacia de las nuevas disposiciones. Por ejemplo, el 20 de diciembre de 2006, la Comisión público retrocedió de 'separación' de la francesa (EdF) y alemán ()E.ON) gigantes de la energía, frente a la dura oposición de los gobiernos de los Estados miembros. Otra batalla legal está actualmente en curso sobre la fusión E.ON-Endesa, donde la Comisión ha estado intentando imponer la libre circulación de capitales, mientras que España protege con firmeza sus intereses nacionales percibidos. Queda por verse si autoridades nacionales estarán dispuestos a desafiar su propio nacional 'empresas campeón' el derecho CE la competencia o si prevalecen sentimientos patrióticos.

Fusiones y monopolios

Artículo principal: Artículo TFUE 102

Alcance del derecho de la competencia

Vea también: Empresa, Alcance del derecho de la competencia, Legislación laboral del Reino Unido, y Ley del servicio público del Reino Unido

Porque la lógica de la competencia es más apropiada para la empresa privada, el núcleo de las Reglamento de competencia de la UE está dirigido a empresas de lucro. Dicho Reglamento se extiende necesariamente más y en el TFUE, ambos artículos 101 y 102 utilizan el ambiguo concepto de "empresa" para delimitar el alcance del derecho de la competencia. Esta palabra inglesa incómoda, que es esencialmente una traducción literal de la palabra alemana "Unternehmen", fue discutida en Höfner y Elser v Macrotron GmbH.[10] El Tribunal Europeo de justicia describió la "empresa" significa cualquier persona (natural o jurídica) "dedicada a una actividad económica", que potencialmente incluye estado ejecutar las empresas en casos donde persiguieron a actividades económicas como un negocio privado. Esto incluye una agencia de empleo estatales, donde intentó hacer dinero pero no estaba en condiciones de satisfacer la demanda. Por el contrario, en V Comisión de FENIN, los servicios públicos que llevaron a cabo sobre la base de "solidaridad" para un "propósito social" se dijo que al margen de la ley de competencia.[11] Autónomos, que están en el negocio por cuenta propia, serán clasificado como empresas y empleados están totalmente excluidos. Siguiendo el mismo principio fue establecido por los Estados Unidos. Acto de Clayton de 1914, son por su "naturaleza el contrario del ejercicio independiente de una actividad económica o comercial".[12] Esto significa que los sindicatos no puede ser considerados como sujeto de derecho de la competencia, ya que su objetivo central es corregir la desigualdad de la negociación poder que existe en el trato con los patrones que generalmente están organizados en forma empresarial.

  • FNV Kunsten Informatie en los medios de comunicación v Staat der Nederlanden (2014) C-413/13
  • Viho Europe BV v. Comisión (1996) C-73/95 P, I-5457 de REC [1996]
  • Comercio
  • V técnica de Société Minière Maschinenbau GmbH Ulm [1996] p. 234
  • V internacional de javico y Javico AG I-1983 de Yves Saint Laurent Parfums SA [1998] ECR
  • Competencia
  • Wouters v Algemene Raad van de Nederlandsche Orde van Advocaten I-1577 DE REC (2002) C-309/99, [2002]
  • Meca Medina y Majcen v Comisión [2006] I-6991 REC, C 519/04 P
  • Segunda carta de los derechos, «El derecho de cada hombre de negocios, grande y pequeña, al comercio en un ambiente de libertad de competencia desleal y la dominación de los monopolios en el país o en el extranjero»

Fusiones y adquisiciones

Artículo principal: Ley de fusión de la Unión Europea

Bajo la autoridad del artículo 102 del TFUE, la Comisión Europea hizo capaz no sólo de regular el comportamiento de las grandes firmas lo reclamos abusan de sus posiciones dominantes o poder de mercado, sino también la posibilidad de las empresas ganando la posición dentro de la estructura del mercado les permite comportarse de forma abusiva en primer lugar. El Reglamento sobre concentraciones (CE) Nº 139/2004 se ocupa de fusiones que tienen una "dimensión comunitaria" y establece un procedimiento por el que todos "concentraciones" (es decir, fusiones, adquisiciones, absorciones) entre las empresas están sujetas a aprobación por la Comisión Europea.

Una fusión o adquisición implica, desde una perspectiva de derecho de la competencia, la concentración del poder económico en manos de menos que antes. En la Unión Europea, el Reglamento 139/2004 de la fusión. Esto se conoce como el "FMEC", y la autoridad de la Comisión aprobar el presente Reglamento se encuentra bajo arte. TFUE 103. Derecho de la competencia requiere que las empresas proponen combinar aumento de autorización de la autoridad de gobierno correspondiente, o simplemente seguir adelante pero enfrentan la perspectiva de escisión debe encontrar la concentración más tarde para reducir la competencia.

La disposición central bajo la legislación de la UE pide si una concentración sería Si seguía adelante "significativamente impedir competencia efectiva... en particular como resultado de la creación o fortalecimiento de una posición dominante..."[13] Bajo artículo 3, apartado 1, una concentración implica un "cambio de control sobre una base duradera resulta de (a) la fusión de dos o más empresas anteriormente independientes... (b) la adquisición... Si control directo o indirecto de la totalidad o partes de uno o más de otras empresas. "[14]

Esto generalmente significa que una empresa compra la acciones de otro. Las razones de la supervisión de las concentraciones económicas del estado son las mismas que las razones para restringir a las empresas que abusan de una posición de dominio, sólo que los intentos de regulación de fusiones y adquisiciones para lidiar con el problema antes de surja, ex ante prevención de creación de las empresas dominantes. En el caso de Gencor Ltd / Comisión[15] la Unión Europea Tribunal de primera instancia escribió el control de las concentraciones es ".. .para evitar la creación de estructuras de mercado que pueden crear o reforzar una posición dominante y no es necesario controlar directamente posibles abusos de posición dominante."

Lo que equivale a una disminución substancial de la o impedimento significativo a la competencia generalmente se contesta a través del estudio empírico. Las cuotas de mercado de las sociedades pueden ser evaluadas y añadidas, aunque este tipo de análisis sólo da lugar a presunciones, no conclusiones.[16] El Índice de Herfindahl-Hirschman se utiliza para calcular la "densidad" del mercado, o qué concentración existe. Aparte de las matemáticas, es importante considerar el producto en cuestión y la tasa de innovación técnica en el mercado.[17] Otro problema de la dominación colectiva, o oligopolio a través de "vínculos económicos"[18] puede surgir, por el que se convierte en el nuevo mercado más propicio para la colusión. Es relevante cuán transparente es un mercado, porque más concentraron estructura podría significa que las empresas pueden coordinar su comportamiento más fácilmente, si las empresas pueden implementar medidas preventivas y si las empresas están a salvo de una reacción de sus competidores y consumidores.[19] Debe considerarse el ingreso de nuevas empresas al mercado y todos los obstáculos que pueden surgir.[20]

Algunas excepciones existen, por el cual una firma cuya conducta puede ser prima facie la competencia puede ser sancionado bajo la referencia al "progreso técnico y económico" en el arte. 2 de la FMEC.[21] Otro defensa podría ser que una firma de ser asumida el control va a fallar o go insolventes, y tomar no disminuye el estado competitivo más de lo que sucedería de todos modos.[22] Fusiones verticalmente en el mercado rara vez son motivo de preocupación, aunque en AOL/Time Warner[23] el Comisión Europea requiere que una empresa a riesgo compartido con un competidor Bertelsmann se dejó de antemano. Las autoridades de la UE también se han centrado últimamente en el efecto de concentraciones conglomerales, donde las empresas adquieran una amplia cartera de productos relacionados, aunque sin acciones necesariamente dominante en cualquier mercado individual.[24]

  • Julio de 2001. La Comisión Europea prohibe la fusión de General Electric y Honeywell.
  • Diciembre de 2004. La Comisión Europea prohibe la fusión de Energias de Portugal SA y Gas de Portugal SA.
  • Marzo de 2004. Las fuerzas de la Comisión Europea Microsoft para ofrecer un Microsoft Windows versión sin la Windows Media Player preinstalado en el Unión Europea. Ver: Caso antimonopolio de Microsoft de Unión Europea.
  • Julio de 2006. El Court of First Instance anula decisión de despacho de la Comisión de la fusión de Sony Music Entertainment y Bertelsmann Music Group para formar Sony BMG obligando a la Comisión a evaluar de nuevo la fusión.

Abuso de posición dominante

Artículo 102 está dirigido a la prevención de las empresas que tienen una posición dominante en un mercado de abusar de esa posición en detrimento de los consumidores. Prevé que,

"cualquier abuso por parte de una o más empresas de una posición dominante dentro del mercado común o en una parte sustancial de él queda prohibido como incompatible con el mercado común cuanto puede afectar comercio entre los Estados miembros.

Esto puede significar,

(a) directamente o indirectamente imponente compra o venta de precios u otras condiciones de comercio desleales;

(b) limitar la producción, mercados o desarrollo técnico en perjuicio de los consumidores; (c) aplicar condiciones desiguales a transacciones equivalentes con otras partes comerciales, lo que los colocaba en una desventaja competitiva;

d subordinar la celebración de contratos a la aceptación por los otros contratantes, de prestaciones suplementarias que, por su naturaleza o según los usos mercantiles, no tienen relación con el objeto de dichos contratos."

En primer lugar es necesario determinar si una firma es dominante, o si se comporta "un apreciable independientemente de sus competidores, clientes y en última instancia de su consumidor."[25] Bajo la legislación de la UE, cuotas de mercado muy grande aumentar la presunción de que una firma es dominante,[26] que pueden ser refutables.[27] Si una empresa tiene una posición dominante, porque tiene más allá de un 39,7% de market share[28] entonces existe "una responsabilidad especial de no permitir que su conducta impedir la competencia en el mercado común"[29] Igual que con la conducta colusoria, cuotas de mercado se determinan en relación con el mercado en el que se vende la empresa y el producto en cuestión.

La lista de tipos de comportamiento abusivo en el que puede participar un monopolio no es cerrada.[30] En primer lugar, limitando la producción en un puerto de envío al negarse a elevar el gasto y actualizar la tecnología podría ser abusivo.[31] Atar un producto en la venta de otro puede considerarse abuso demasiado, siendo restrictivo de elección del consumidor y privando a la competencia de puntos de venta. Este fue el caso alegado en Microsoft Corp v Comisión[32] conduce a una eventual multa de € 497 millones para incluir su Windows Media Player con el Microsoft Windows plataforma. Una negativa a suministrar un servicio esencial para todas las empresas intentando competir puede constituir un abuso. Sin embargo es controvertido el grado al que las empresas deben obligarse en derecho de la competencia. Esto es porque aunque la Comisión Europea ha sido liberal en que tales prácticas abusivas a los efectos del artículo 102 del TFUE, el Tribunal Europeo de Justicia ha adoptado un enfoque muy cauteloso.[33] Tres requisitos se han establecido por el Tribunal Europeo de justicia que son la negativa debe haber sido injustificada, debe haber excluido la competencia en el mercado secundario y que se debe han impedido un nuevo producto emergentes ante la creciente necesidad para dicho producto.[34] Un ejemplo fue el caso de una empresa médica llamada Solventes comerciales.[35] Cuando creó su propio rival en los tuberculosis mercado de drogas, solventes comerciales se vieron obligados a continuar suministrando una empresa nombrada Zoja con las materias primas para la droga. ZOJA era el único competidor del mercado, así que sin que la corte obligando a fuente, toda competencia habría sido eliminada.

Formas de abuso relacionados directamente con precios incluyen explotación precio. Es difícil demostrar hasta qué punto dominante los precios de la empresa se convierten en "explotadoras" y raramente se encuentra esta categoría de abuso. En un caso sin embargo, un servicio fúnebre francés fue encontrado para haber exigido precios de explotación, y esto fue justificada sobre la base que podrían compararse con los precios de servicios funerarios fuera de la región.[36] Una cuestión más difícil es los precios abusivos. Es la práctica de la caída de precios de los productos tan baja que los pequeños competidores no pueden cubrir sus costos y no. En France Telecom SA v. Comisión[37] una empresa de internet de banda ancha se vio obligada a pagar € 10,35 millones para dejar caer sus precios por debajo de sus propios costos de producción. Tenía "ningún interés en la aplicación de dichos precios salvo la eliminación de competidores"[38] y fue siendo cruzado subvencionado para capturar la parte del León de un mercado en auge. Una última categoría de abuso de precios es discriminación de precios.[39] Un ejemplo de esto podría ofrecer rebajas a clientes industriales que exportan azúcar que vende su empresa, pero no a los clientes irlandeses, vendiendo en el mismo mercado que se encuentre en.[40]

Como se indicó anteriormente la definición de mercado es posiblemente la parte más importante de cualquier caso de competencia bajo el artículo 102. Sin embargo, también es una de las zonas más complejas. Si el mercado se define demasiado ampliamente luego contendrá más empresas y productos puede hacer probable el encontrar de una posición dominante de una empresa. Además si está definida muy estrictamente habrá una presunción que se encuentra la empresa del demandado a ser dominante. En la práctica, definición de mercado se dejarán a los economistas, en lugar de abogados para decidir.

Oligopolios

Vea también: Oligopolio

Los carteles y colusión

Artículo principal: Artículo TFUE 101

Posiblemente la función menos polémica de la ley de competencia es control carteles entre las empresas privadas. Cualquier "empresa" está regulada, y este concepto abarca de hecho unidades económicas o empresas, independientemente de si son una sola empresa o un grupo de varias empresas vinculadas a través de la propiedad o el contrato.[41]

Carteles

Vea también: Cartel y Ley Sherman de 1890

Para violar TFUE artículo 101, las empresas debe entonces han formado un acuerdo, desarrolla una "práctica concertada" o, dentro de una asociación, tomado una decisión. Como Defensa de la competencia NOS, esto significa igual cosa;[42] cualquier tipo de trato o contacto o una "reunión de las mentes" entre las partes. Por lo tanto es un conjunto de comportamiento de un handshaken fuerte, escrito o acuerdo verbal para un proveedor de envío de facturas con direcciones no exportar a su distribuidor que le da "aquiescencia tácita" a la conducta.[43] 101(1) artículo prohíbe,

"Todos los acuerdos entre empresas, decisiones de asociaciones de empresas y prácticas concertadas que pueden afectar al comercio entre los Estados miembros y que tengan por objeto o efecto la prevención, restricción o distorsión de la competencia dentro del mercado común".

Esto incluye tanto horizontal (e.g. entre los minoristas) y vertical (e.g. entre los minoristas y proveedores) acuerdos, prohibir con eficacia el funcionamiento de carteles dentro de la UE. Artículo 101 ha sido interpretado ampliamente para incluir los acuerdos informales (caballeros de acuerdos) y las prácticas concertadas donde las empresas tienden a aumentar o precios más bajos al mismo tiempo sin haber aceptado físicamente hacerlo. Sin embargo, un aumento coincidente de precios no será una práctica concertada, también debe haber pruebas que las partes eran conscientes de que su comportamiento puede perjudicar el funcionamiento normal de la competencia dentro del mercado común. Este último requisito subjetivo del conocimiento no es, en principio, necesario respecto de los acuerdos. En cuanto se refieren a los acuerdos el efecto anticompetitivo mero es suficiente para que sea ilegal incluso si las partes eran conscientes de ello o no tenía intención de tal efecto se realice.

Exenciones

Exenciones al artículo 101 comportamiento caen en tres categorías. En primer lugar, artículo 101(3) crea una exención para las prácticas beneficiosas para los consumidores, por ejemplo, facilitando los avances tecnológicos, pero sin restringir toda competencia en la zona. En la práctica la Comisión dio muy pocas exenciones oficiales y un nuevo sistema para tratar con ellos está actualmente bajo revisión. En segundo lugar, la Comisión acordó eximidos 'acuerdos de menor importancia' (excepto los de fijación de precios de venta) del artículo 101. Esta exención se aplica a empresas pequeñas, a no más del 10% del mercado. En esta situación como con el artículo 102 (véase abajo), definición del mercado es una cuestión crucial, pero a menudo muy difícil para resolver. En tercer lugar, la Comisión también ha presentado una colección de exenciones para los tipos de contrato diferentes. Estos incluyen una lista de términos contrato permitido y una lista de términos prohibidos en estas exenciones.

  • Métropole Télévision (M6) / Comisión (2001) caso T-112/99, REC [2001] 2459

Restricciones verticales

Vea también: Restricciones verticales y Atar (comercio)
Compra exclusiva
  • V SA Brasserie De Haecht consortes Wilkin-Janssen (1967) del caso 23/67, [1967] rec. p. 407
  • Stergios Delimitis v Henninger Bräu AG (1991) caso C-234/89, Rec. p. de [1991] que 935
  • V valor Ltd Crehan (2001) Caso C-453/99
Franquicias
  • PRONUPTIA de Paris GmbH v Pronuptia de Paris Irmgard Schillgalis (1986) caso 161/84, [1986] ECR 353
Prohibiciones a la exportación
  • V técnica de Société Minière Maschinenbau GmbH Ulm (1966) caso 56/65, [1966] rec. p. 337
  • Musique Diffusion Française SA contra Comisión Casos (1983) 100-103/80, REC [1983] 1825
  • V internacional de javico y Javico AG Yves Saint Laurent Parfums SA (1988) C-306/96, [1998] ECR I 1983
  • Consten y Grundig, también
Distribución en exclusiva
  • L.C. Nungesser KG y Kurt Eisele v Comisión (1978) caso 258/78, REC [1978] 2015
  • Consten y Grundig y Maschinenbau Ulm, también
Distribución selectiva
  • V SB Großmärkte GmbH & Co KG metro Comisión (1977) caso 26/76, [1977] ECR 1875
  • V SB Großmärkte GmbH & Co KG metro Comisión (1986) caso 75/84, [1986] ECR 3021
  • Caso C-250/92, E.a. Gøttrup-Klim Grovvareforeninger v Dansk simulador Grovvareselskab AmbA I-5641 DE REC [1994]
  • Caso T-328/03, O2 (Alemania) GmbH & Co OHG v Comisión [2006] REC-1231
  • T-374/94, T-375/94, T-384/94, T-388/94 Servicios europeos de noche v Comisión [1998] REC 3141
  • Caso C-439/09, Pierre Fabre Dermo-Cosmétique SAS v Président de l'Autorité de la concurrencia y Ministre de l'Économie, de l ' Industrie et de l ' emploi [2011]
  • Reglamento (CE) nº 330/2010, de 20 de abril de 2010 sobre la aplicación del artículo 101(3) del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas OJ (2010) Comisión L 102/1
  • Comisión Reglamento (CE) nº 461/2010 para el sector de los vehículos de motor

Joint ventures

Vea también: Joint venture
  • Artículo 101
  • Reglamento sobre concentraciones
  • Reglamento de exención de bloque 2658/2000 y 2659/2000

Aplicación de la

Acciones privadas

Desde el Reglamento de la modernización, la Unión Europea ha tratado de fomentar la aplicación privada del derecho de la competencia.

  • V valor Ltd Crehan (2001) Caso C-453/99
  • Vicenzo Manfredi v Lloyd Adriactico Assicurazioni SpA (2006) C 295/04
  • V AG Kone ÖBB-Infrastruktur AG (2014) C-557/12, compensación disponible para efectos de paraguas en los mercados cartelised

Ejecutivo europeo

Vea también: Comisión Europea y Aplicación del derecho de competencia europeo

La tarea de localizar y castigar a los de infracción de derecho de la competencia ha sido encargada a la Comisión Europea, que recibe sus poderes bajo artículo 105 TFUE. En este artículo, la Comisión Europea está cargada con el deber de garantizar la aplicación de los artículos 101 y 102 del TFUE y de investigar la presunta infracción de estos artículos.[44] La Comisión Europea y autoridades nacionales de competencia tienen poderes de investigación amplia in situ. Artículo que 105 del TRATADO concede amplios poderes de investigación incluyendo el notorio poder llevar a cabo redadas de madrugada en las instalaciones de las empresas sospechosas y casas particulares y vehículos.

Hay muchas maneras en que la Comisión Europea podría tomar conciencia de una violación potencial: la Comisión Europea puede llevar a cabo la investigación o inspección, para lo cual está facultado para solicitar información de los gobiernos, las autoridades competentes de los Estados miembros y las empresas. La Comisión también proporciona un política de clemencia, en que empresas de ese golpe de silbato sobre la competición contra políticas de los cárteles son tratadas con indulgencia y puede obtener inmunidad total o una reducción en las multas.[45] En algunos casos, las partes han intentado resistirse a la toma de ciertos documentos durante una inspección basada en el argumento de que esos documentos están cubiertos por el privilegio profesional legal entre abogado y cliente. El TJCE sostuvo que tal privilegio fue reconocido por la legislación de la CE hasta cierto punto al menos.[46]

La Comisión Europea también podría convertirse en consciente de una violación potencial de la competencia a través de la denuncia de parte agraviada. Además, los Estados miembros y cualquier persona natural o jurídica tienen derecho a presentar una queja si tienen un interés legítimo.

Artículo 101 TFUE (2) considera que la empresa encontró en infracción del artículo 101 TFUE a ser nula y sin valor y que no pueden aplicarse legalmente acuerdos. Además, la Comisión podrá imponer una multa con arreglo al artículo 23 del Reglamento 1/2003. Estas multas no son fijos y pueden extender en millones de Euros, hasta un máximo de 10% de la facturación total a nivel mundial de cada una de las empresas participantes en la infracción, aunque puede haber una disminución en el caso de la cooperación y el aumento en caso de reincidencia. Pueden percibirse también multas de hasta un 5% de la facturación diaria promedio para cada día que una empresa no cumple con los requisitos de la Comisión. La gravedad y la duración de la infracción deben tenerse en cuenta en la determinación de la cuantía de la multa.[47] Esta incertidumbre actúa como un potente elemento de disuasión y asegura que las empresas son incapaces de realizar un análisis de costo-beneficio antes de violar el derecho de la competencia.

La Directiva de la Comisión sobre el método de ajuste de multas impuestas en virtud del artículo 23 (2) (a) del Reglamento 1/2003[48] utiliza una metodología de dos etapas:

  • La Comisión primero define una cantidad básica de la multa para cada implicado de la empresa o asociación de empresas; y entonces
  • Ajusta la cantidad básica según las circunstancias individuales hacia arriba o hacia abajo.

La cantidad básica se refiere, entre otras cosas, a la proporción del valor de las ventas dependiendo del grado de gravedad de la infracción. En este sentido, artículo 5 de la mencionada Directiva establece, que

"para lograr estos objetivos, es conveniente que la Comisión para referirse al valor de las ventas de bienes o servicios a que se refiere la infracción como base para fijar la multa. La duración de la infracción también debe desempeñar un papel significativo en el valor de la multa. Necesariamente afecta a las posibles consecuencias de las infracciones en el mercado. Lo tanto se considera importante que la multa debería reflejar también el número de años durante el cual una empresa participaron en la infracción."

En un segundo paso, se puede ajustar esta cantidad básica por motivos de reincidencia o clemencia. En este último caso, podrá otorgarse inmunidad de multas a la empresa que presenta pruebas primero a la Comisión Europea que le permite llevar a cabo una investigación o encontrar una infracción del artículo 101 TFUE.

El cartel más fino que nunca fue impuesto se relacionó con un cartel compuesto por cuatro productores de cristal de coche. Las compañías Asahi, Pilkington, Saint-Gobain y Soliver fueron multadas más € 1,3 billones.[49] Entre 1998 y principios de 2003 las empresas habían discutido los precios objetivo, compartir y cliente la asignación de una serie de reuniones y otros contactos ilícitos del mercado. En este caso, la Comisión Europea inició su investigación basada en una "punta" anónima.

Otra consecuencia negativa para las empresas implicadas en casos de cártel puede ser la publicidad adversa que puede dañar la reputación de la company´s.

Preguntas de reforma han circulado alrededor de la posibilidad de introducir a Estados Unidos estilo daños agudos como disuasivo contra violaters del derecho de competencia. La reciente modernización Reglamento 1/2003 ha significado que la Comisión Europea no tiene un monopolio sobre la aplicación, y que las partes privadas pueden traer juegos en tribunales nacionales. Por lo tanto, ha habido un debate sobre la legitimidad de las acciones de daños privados en las tradiciones que de imponer medidas punitivas en acciones civiles.[citación necesitada]

Según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cualquier ciudadano o empresa que sufre daños como consecuencia del incumplimiento de las normas de la competencia de la Unión Europea (artículos 101 y 102 TFUE) debe ser capaces de obtener reparación de quien causó el daño. Sin embargo, a pesar de este requisito bajo la ley europea para establecer un marco jurídico eficaz que permite a las víctimas ejercer su derecho a una indemnización, las víctimas de las infracciones de ley de competencia la Unión Europea hasta la fecha muy a menudo no obtengan reparación por el daño sufrido. La cantidad de compensación que estas víctimas son lo anterior está en la gama de varios millones de Euros al año. Por lo tanto, la Comisión Europea ha tomado un número de pasos desde 2004 para estimular el debate sobre ese tema y obtener retroalimentación de los interesados en un número de opciones posibles que podría facilitar acciones antimonopolio daños. Basado en los resultados de varias consultas públicas, la Comisión ha propuesto medidas en un papel blanco y las opciones de política concreta.[50]

Consulta del sector

Un instrumento especial de la Comisión Europea es la investigación del llamado sector según arte. 17 del Reglamento 1/2003.

Artículo 17 (1) primer párrafo del Reglamento 1/2003 dice:

"cuando la tendencia del comercio entre los Estados miembros, la rigidez de precios u otras circunstancias hagan presumir que competencia puede ser restringida o distorsionada dentro del mercado común, la Comisión podrá proceder a una investigación en un sector determinado de la economía o en un tipo concreto de acuerdos a diversos sectores económicos. En el curso de esa investigación, la Comisión podrá solicitar a las empresas o asociaciones de empresas afectadas suministrar la información necesaria para dar cumplimiento a los artículos 81 y 82 del Tratado (ahora Art. 101 y 102 del TFUE) y puede llevar a cabo cualquier inspecciones necesarias para ello."

En el caso de las investigaciones del sector, la Comisión Europea sigue su razonable sospecha de que la competencia en un sector de la industria en particular o exclusivamente relacionadas con un determinado tipo de contrato que se utiliza en diversos sectores de la industria es impedida, restringida o distorsionada dentro del mercado común. Así, en este caso está investigada no una violación específica. Sin embargo, la Comisión Europea dispone de casi todas las vías de investigación, que puede utilizar para investigar y perseguir las violaciones de derecho de la competencia. La Comisión Europea puede decidir iniciar una investigación del sector, cuando un mercado no parece estar trabajando tan bien como debería. Esto podría sugerido por pruebas como limitado comercio entre los Estados miembros, falta de nuevas incorporaciones en el mercado, la rigidez de precios u otras circunstancias sugieren que competencia puede ser restringida o distorsionada en el mercado común. En el curso de la investigación, la Comisión podrá solicitar que las empresas - las empresas o asociaciones de empresas - refiere a suministro de información (por ejemplo, información sobre los precios). Esta información es utilizada por la Comisión Europea para evaluar si es necesario abrir las investigaciones específicas en intervenir para garantizar el respeto de UE las normas sobre acuerdos restrictivos y abuso de posición dominante (artículos 101 y 102 del Tratado sobre el funcionamiento de la Unión Europea).

Ha habido un mayor uso de esta herramienta en los últimos años, ya que no es posible para las empresas dar de alta un cartel o acuerdo que podría estar en violación de derecho de la competencia con la Comisión Europea, pero las empresas son responsables ellos mismos para determinar si los acuerdos constituyen una violación de derecho de la competencia de la Unión Europea (auto evaluación).

Tradicionalmente, habían acuerdos, sujeto a ciertas excepciones, que se le notifique a la Comisión Europea, y la Comisión tenía un monopolio sobre la aplicación del artículo 101 TFUE (antiguo artículo 81 (3) EG).[51] Porque la Comisión Europea no tenía los recursos para hacer frente a todos los acuerdos notificados, notificación fue suprimida.

Uno de la investigación más espectacular del sector fue la investigación del sector farmacéutico que tuvo lugar en 2008 y 2009 en el que la Comisión Europea utiliza ataques de amanecer desde el principio. La Comisión Europea inició una investigación del sector en los mercados de productos farmacéuticos comunitarios bajo las normas de competencia europea porque la información relativa a los medicamentos innovadores y genéricos sugirió que competencia puede ser restringida o distorsionada. La investigación relacionada con el período 2000 a la investigación 2007 y participan de una muestra de 219 medicamentos.[52] Teniendo en cuenta que investigaciones del sector son una herramienta bajo la ley europea de competencia, el objetivo principal de inquiry´s era comportamiento de la empresa. La investigación por lo tanto se concentró en aquellas prácticas que las empresas pueden usar para bloquear o retrasar competencia de los genéricos así como a bloquear o retrasar el desarrollo de fármacos competidores de autor.[53]

Los sectores también han sido objeto de una investigación del sector:

  • Servicios financieros
  • Energía
  • Bucle local
  • Líneas arrendadas
  • Roaming
  • Los medios de comunicación
Política de clemencia

La política de clemencia[54] consiste en abstenerse de enjuiciar a las empresas que, siendo parte en un cartel, informar a la Comisión de su existencia. La política de clemencia fue aplicado por primera vez en 2002.

El Comunicación de la Comisión de inmunidad de multas y reducción de multas en casos de cártel[55] garantías inmunidad y las reducciones por sanciones a las empresas que cooperan con la Comisión para la detección de los cárteles.

II. A, §8:
La Comisión será conceder inmunidad de cualquier multa que de lo contrario habría sido impuesta a un revelar su participación en un presunto cartel de la empresa que afectan a la comunidad si esta empresa es la primero en presentar la información y evidencia que, en opinión de la Comisión le permitirá:

(a) llevar a cabo una inspección específica en relación con el presunto cártel; o

(b) encontrar una infracción del artículo 81 CE en relación con el presunto cártel.

El mecanismo es sencillo. La primera empresa en reconocer su crimen e informar a que la Comisión recibirá inmunidad completa, es decir, ninguna multa será aplicada. Cooperación con la Comisión también va ser gratificada con reducciones en las multas, de la siguiente manera:[56]

  • La primera empresa en denunciar la existencia de un cartel recibe inmunidad de procesamiento.
  • Si la empresa no es la primera en denunciar su existencia, obtiene una reducción del 50% en multas.
  • Si la empresa coopera con la Comisión, reconociendo su culpabilidad, obtiene una reducción del 10% en las multas.
  • Si, una vez que se abre la investigación, la firma da información adicional, obtiene una reducción del 20-30% en multas.

Esta política ha sido de gran éxito como ha aumentado la detección de cartel hasta tal punto que hoy en día la mayoría de las investigaciones de cartel se inician según la política de clemencia. El propósito de una escala en la reducción de la multa es animar a una «carrera a confesar» entre los miembros del cartel. En frontera o investigaciones internacionales, miembros del cartel son a menudo en los dolores para informar no sólo la Comisión de la UE, sino también las autoridades nacionales de competencia (por ejemplo, la Oficina de negociar justo y de la Bundeskartellamt) y las autoridades en todo el mundo.

Autoridades nacionales

Reino Unido
Artículos principales: Oficina de negociar justo y Comisión de competencia

Después de la introducción de la empresa ley 2002 la oficina de comercio justo[57] fue responsable de hacer cumplir la ley de competencia (consagrada en la ley de competencia de 1998) en el Reino Unido. Estos poderes son compartidos con los reguladores sectoriales concurrentes como Ofgem en energía, Ofcom en telecomunicaciones, el ORR en carril y Ofwat en agua. La OFT fue reemplazada por el Competencia y autoridad de los mercados (CMA), fundada el 01 de abril de 2014, combina muchas de las funciones de la OFT y la Comisión de competencia.

Francia
Artículo principal: Autorité de la concurrencia

El Autorité de la concurrencia [58] es nacional de Francia regulador de la competencia. Su predecesor fue fundada en la década de 1950. Hoy administra derecho de la competencia en Francia, y es una de las principales autoridades nacionales de competencia en Europa.

Alemania
Artículo principal: Bundeskartellamt
La oficina alemana Federal Cartel, o Bundeskartellamt en Bonn

El Bundeskartellamt, [59] u Oficina Federal del cártel, es AlemaniaNacional de regulador de la competencia. Fue establecido en 1958 y viene bajo la autoridad del Ministerio Federal de economía y tecnología. Su sede se encuentra en la antigua capital de la R.f. alemana, Bonn y su presidente es Andreas Mundt, quien cuenta con una plantilla de 300 personas. Hoy administra derecho de la competencia en Alemania, y es una de las principales autoridades nacionales de competencia en Europa.

Italia
Artículo principal: E autoridad Garante della Concorrenza del Mercato

El E autoridad Garante della Concorrenza del Mercato en Italia se estableció en 1990.

Polonia
Artículo principal: Oficina de la competencia y protección del consumidor

La oficina de competencia y protección del consumidor (UOKiK) fue establecido en 1990 como la Oficina Antimonopolio. En 1989, al borde de un avance político, cuando la economía estaba basada en los mecanismos de libre mercado, una ley de lucha contra las prácticas monopólicas fue pasada encendido 24 de febrero de 1990. Constituye un elemento importante del programa de reforma de mercado. Se caracterizó la estructura de la economía, heredada del sistema de planificación central, con un alto grado de monopolización, lo que podría limitar significativamente el éxito de la transformación económica. En esta situación, la promoción de la competencia y contrarrestar las conductas de mercado de los monopolistas fue especialmente significativo. Por lo tanto, la Oficina Antimonopolio - AO (Urząd Antymonopolowy - UA) fue designado en la presente ley y comenzó su operación en mayo pasado el Consejo de Ministros la carta. También sus primeras oficinas regionales iniciaron operaciones en ese mismo año.

Derecho ahora la oficina funciona bajo el nombre de oficina de la competencia y protección del consumidor y basa sus actividades en la recién aprobada ley sobre la protección de la competencia y los consumidores de 2007.

Otras autoridades
  • Comisión Europea: Comisión Europea > competencia.
  • Tribunal Europeo de justicia
  • Austria: Bundeswettbewerbsbehörde.
  • Bélgica: De Belgische mededingingsautoriteit / belge de L'Autorité de concurrencia.
  • Croacia: Agencija za zaštitu tržišnog natjecanja.
  • Dinamarca: Konkurrencestyrelsen.
  • Finlandia: Kilpailuvirasto.
  • Hungría: Gazdasági Versenyhivatal
  • Países Bajos: Autoriteit Consument & Markt (ACM).
  • Irlanda: Autoridad de competencia.
  • Italia: E autoridad Garante della Concorrenza del Mercato.
  • Letonia: Konkurences padome.
  • Lituania: Konkurencijos taryba.
  • Polonia: Urząd Ochrony Konkurencji i Konsumentów.
  • Portugal: Autoridade da Concorrência.
  • Eslovenia: Urad Republike Slovenije za varstvo konkurence.
  • España: COMISION Nacional de la Competencia
  • Suecia: Konkurrensverket.
  • Turquía: Rekabet Kurumu.
  • Grecia: Comisión de competencia Helénica

Cooperación internacional

Vea también: Organización Mundial del comercio y Red internacional de competencia
Hay una considerable controversia entre OMC miembros, en verde, si el derecho de la competencia debería formar parte de los acuerdos

Capítulo 5 de la post guerra Carta de la Habana contiene un código de defensa de la competencia[60] pero esto nunca fue incorporado al precursor de la OMC, la Acuerdo general sobre aranceles aduaneros y comercio 1947. Oficina de negociar justo Director y profesor Richard Whish escéptico escribieron que "parece poco probable que en la etapa actual de su desarrollo que la OMC se transforman en una autoridad de competencia mundial".[61] A pesar de, en el curso Ronda de Doha de negociaciones comerciales para el Organización Mundial del comercio, discusión incluye la posibilidad de subir a un nivel global de la aplicación de la ley de competencia. Mientras que es incapaz de aplicación, la recién creada Red internacional de competencia[62] (CIE) es una manera para que las autoridades nacionales para coordinar sus propias actividades de aplicación.

  • OCDE
  • División Antitrust del Departamento de Justicia de Estados Unidos

Política de estado

Servicios públicos

Vea también: Economía pública, Ley del servicio público del Reino Unido, y Ley del servicio público de los Estados Unidos

Artículo 106(2) de los Estados del TFUE que nada en las reglas puede utilizarse para obstaculizar el derecho de los Estados miembros a servicios públicos, pero que de lo contrario las empresas públicas deben jugar por las mismas reglas sobre colusión y abuso de posición dominante como todos los demás.

Servicios de interés económico general es el término más técnico para lo que comúnmente se denomina servicios públicos. El establecimiento bajo los tratados europeos estaba destinado a preservar las instituciones y el carácter social de Europa. Artículo 86 se refiere ante todo a las "empresas", que se ha definido para restringir el ámbito de aplicación de la ley de competencia. En Presentación[63] director general desafió a accidente de trabajo obligatorio del estado y el régimen de seguro de enfermedad. Esto fue dirigido por un cuerpo denominado"INAIL". El TJCE sostuvo que las leyes de la competencia en este caso no eran aplicables. «Empresa» era un término que debe ser reservado para las entidades que en algún tipo de actividad económica. INAIL funciona según el principio de solidaridad, porque por ejemplo, las contribuciones de los trabajadores con salarios altos subvencionan los trabajadores con salarios bajos.[64] Sus actividades, por tanto, caen fuera de alcance de la ley de competencia.

El contenido del artículo 106(2) también aclara que ley de competencia se aplicará generalmente, pero no donde prestados los servicios públicos puede estar obstruidos. Se muestra un ejemplo en el caso de '' Ambulanz Gloeckner''.[65] En Rheinland Pfalz, Alemania, ambulancias fueron proporcionadas exclusivamente por una empresa que también tenía el derecho de algún transporte de no emergencia. La justificación fue que ambulancias no eran rentables, no a las otras formas transporte, para que la empresa fue a beneficio de un sector a otro, la alternativa que mayores impuestos. El TJCE sostuvo que esto era legítimo, clarfiying,

"la extensión de los derechos exclusivos de las organizaciones de asistencia médica para el sector del transporte de la no-emergencia de hecho les permiten cumplir con su tarea de interés general de transporte de emergencia en condiciones de equilibrio económico. La posibilidad de que estaría abierta a operadores privados para concentrarse, en el sector de no emergencia, en viajes más rentables podría afectar el grado de viabilidad económica del servicio prestado y, en consecuencia, poner en peligro la calidad y fiabilidad de ese servicio. "[66]

El TJCE sin embargo insisten en que la demanda en el mercado "subvencionar" debe cumplirse por el régimen del estado. En otras palabras, el estado tiene siempre el deber de garantizar un servicio eficiente. Se expresó preocupación política para el mantenimiento de una economía social europea durante la redacción de la Tratado de Amsterdam, donde se insertó un nuevo artículo 16. Esto afirma, "el lugar ocupado por de general interés económico en los valores compartidos de la Unión, así como su papel en la promoción de la cohesión social y territorial." el debate es en qué momento la delicada línea entre el mercado y los servicios públicos debería ser dibujado.

Los Estados miembros de la UE no deben permitir o asistir a los negocios ("empresas" en la jerga de EU) para infringir la ley de competencia de la Unión Europea.[67]

Empresas afectadas por el artículo 106 pueden ser propiedad del estado o empresas particulares que se dan derechos especiales como cerca o total monopolio para proveer un determinado servicio. El principal caso en 1991, Régie des Télegraphes et des Téléphones v GB-Inno-BM,[68] que consistió en un fabricante de equipos de teléfono pequeña, GB y el proveedor de teléfono Estado belga, RTT, que tenía el poder exclusivo de concesión de teléfonos aprobados para conectar a la red telefónica. GB fue la venta de sus teléfonos, que fueron aprobados por RTT y a precios más bajos que el RTT vendieron ellos. RTT, demandó exigiendo que GB informar a los clientes que sus teléfonos fueron aprobados. GB argumentó que los derechos especiales disfrutados por RTT bajo Ley belga infrinjan el artículo 86, y el caso llegó a la Tribunal Europeo de justicia (TJCE). El TJCE sostuvo que,

"Confiar a una empresa que comercializa equipo telefónico la tarea de elaboración de las especificaciones de esos equipos, de control de su aplicación y de concesión de homologación respecto sus es equivale a conferir en ella el poder de determinar en lo que el equipo puede conectarse a la red pública y así le da una ventaja obvia frente a sus competidores, que es contraria a la igualdad de oportunidades de los comerciantes , sin la cual no puede garantizarse la existencia de un sistema sin distorsión de la competencia. Tal restricción de la competencia no puede ser considerado como justificado por un servicio público de interés económico general..."[69]

El Tribunal recomendó que el gobierno Belgo tiene un órgano independiente para aprobar especificaciones del teléfono,[70] porque fue un error que la empresa estatal tanto hacer teléfonos y establecimiento de normas. Mercado de RTT se abrió a la competencia. Un aspecto interesante del caso fue que el TJCE interpretó el efecto del poder exclusivo de RTT como un "abuso" de su posición dominante,[71] tan abusivo "nada" como tal por RTT debían ocurrir. La cuestión era más considerada en Internacional de Albany[72] Albany fue una empresa textil, que encuentra un proveedor barato pensiones para sus empleados. Se negó a pagar las contribuciones a la "textil industria del fondo de comercio", que el estado había dado el derecho exclusivo de. Albany argumentó que el plan era contrario a derecho de la competencia de la UE. El Tribunal dictaminó que el esquema entonces vulnerado artículo 86(1), "las empresas son incapaces de confiar la administración de un régimen de pensiones a una sola aseguradora y la consiguiente restricción de la competencia se deriva directamente de la exclusiva derechos conferida en el fondo sectorial de pensiones".[73] Sin embargo, el esquema fue justificada bajo 86(2), siendo un servicio de interés económico general el artículo.

Contratación

Artículo principal: Contratación pública en la Unión Europea

Ayudas estatales

Vea también: Ayudas estatales

Artículo 107 TFUE, similar al artículo 101 TFUE, establece una regla general que el estado no puede ayudar o subvencionar fiestas privadas en la distorsión de la libre competencia, pero tiene el poder para aprobar excepciones para proyectos específicos tratamiento de desastres naturales y desarrollo regional. La definición general de las ayudas estatales se expone en el artículo 107(1) de la TFUE.[74] Medidas que caen dentro de la definición de las ayudas estatales son ilegales a menos que previstas de una exención o notificado.[75]

Para que haya ayuda estatal bajo el artículo 107(1) de la TFUE cada uno de los siguientes debe estar presente:

  • Es la transferencia de Estado miembro recursos;
  • Que crea una ventaja selectiva para una o varias empresas de negocios;
  • Tiene el potencial de distorsionar el comercio entre en el mercado relevante; y
  • Afecta el comercio entre los Estados miembros.

Donde se cumplen todos estos criterios, existe ayuda estatal y el apoyo será ilegal, salvo que en una exención de la Comisión Europea.[76] El Comisión Europea se aplica un número de exenciones que permiten ayuda sea legal.[77] El Comisión Europea también aprobará los casos de ayuda estatal en el procedimiento de notificación.[78] Un informe de la Agencia Europea de defensa aborda desafíos a un "nivel terreno de juego para Europea defensa industrias: el papel de propiedad y público ayuda prácticas"[79]

Ley de ayuda estatal es un tema importante para todas las organizaciones del sector público y los beneficiarios del apoyo de sector público en el Unión Europea[80] porque ayuda ilegal puede ser garra detrás con interés compuesto.

Hay cierto escepticismo sobre la efectividad del derecho de la competencia para alcanzar el progreso económico y su interferencia con la prestación de los servicios públicos. Ex Presidente de Francia Nicolas Sarkozy ha pedido la referencia en el preámbulo de la Tratado de la Unión Europea el objetivo de "competencia libre y no falseada" a retirarse.[81] Aunque el derecho de la competencia sí mismo habría permanecido sin modificaciones, otros objetivos del preámbulo — que incluyen "pleno empleo" y "progreso social", llevar la percepción de mayor especificidad y como fines en sí mismos, mientras que la "libre competencia" es simplemente un medio.

Liberalización

Vea también: Liberalización

La Unión Europea liberalización programa implica una ampliación de la regulación del sector y extendiendo derecho de la competencia a las industrias previamente estado monopolizado. La UE también ha introducido medidas de integración positivas para liberalizar el mercado interno. A veces ha habido una tensión entre la introducción de la competencia y el mantenimiento del servicio universal de alta calidad.[82]

En Corbeau caso,[83] Señor Corbeau pretendía operar un servicio de entrega rápida por post, que violaba el derecho exclusivo de la belga Regie des Postes para operar todos los servicios. El TJCE sostuvo que la legislación fuese contraria al artículo 86, donde fue excesiva e innecesaria garantizar la prestación de servicios de interés económico general. Señaló sin embargo que el régimen postal (como fue el caso en la mayoría de los países) permitió la oficina de correos para "compensar a sectores menos rentables contra los sectores rentables" de las operaciones de post. Para proporcionar servicio universal, podría justificarse una restricción de la competencia. La corte se encendió para decir,

"para autorizar a empresas individuales para competir con el titular de los derechos exclusivos de los sectores de su elección correspondiente a esos derechos sería posible para ellos para concentrarse en las operaciones económicamente rentables y ofrecer tarifas más ventajosas que las adoptadas por los titulares de los derechos exclusivos, ya que, a diferencia de este último, no están obligados por razones económicas compensar las pérdidas en los sectores no rentables ganancias en los sectores más rentables."

Esto significó que un núcleo de sectores económicos en los servicios postales podría ser reservado para la financiación de la industria del estado. Esto fue seguido por el Directiva de servicios postales 97/67/CE,[84] que requieren los Estados miembros a "garantizar que los usuarios gozan del derecho a un servicio universal que implica la permanente prestación de un servicio postal... en todos los puntos en su territorio".[85] Esto significa que una vez las entregas de un día laborable y pick-ups, y que servicios que podrían ser reservados para los monopolios de estado "separación, clasificación, transporte y entrega de los envíos de correspondencia nacional y correspondencia entrante de cross-border".[86] Para los países que no habían liberalizado los servicios postales en cualquier medida, la Directiva contiene disposiciones a abrirse poco a poco a la competencia. Se pretende lograr un equilibrio entre la competencia y continuo de la calidad servicio.[87] En Deutsche Post decisión de la[88] la Comisión tomó medidas de represión fuerte. Deutsche Post fue acusado de los precios abusivos en el parcela entrega sector empresarial (es decir, no uno de los "reservados" en la Directiva de servicios) por la empresa privada UPS. La Comisión ordenó la separación estructural de los servicios postales normales de las entregas del negocio de Deutsche Post.[89]

  • Primera Directiva del ferrocarril 91/440/CEy la Segundo paquete ferroviario, Tercer paquete ferroviario y Cuarto paquete ferroviario
  • Paquete de telecomunicaciones y Reglamento roaming Unión Europea

Teoría de la

Artículo principal: Teoría de la ley de competencia
Representación del economista de pérdida de deadweight a la eficiencia que causan los monopolios

Artículo 101 TFUE objetivos no están claros. Hay dos principales escuelas de pensamiento. La visión predominante es que sólo consideraciones de bienestar de consumidores existen relevantes.[90] Sin embargo, un libro reciente sostiene que esta posición es errónea y que otros objetivos de política pública de los Estados miembros y la Unión Europea (tales como salud pública y el medio ambiente) se deben también considerar allí.[91] Si este argumento es correcto entonces podría tener un efecto profundo sobre los resultados de casos[92] así como el proceso de modernización en su conjunto.

La teoría detrás de fusiones es esa transacción pueden reducir los costos en comparación con el funcionamiento de un mercado abierto a través de contratos bilaterales.[93] Pueden aumentar las concentraciones economías de escala y el alcance. Sin embargo, a menudo las empresas aprovechan su aumento de poder de mercado, su cuota de mercado mayor y disminución el número de competidores, que puede tener un golpe en efecto sobre el trato que reciben los consumidores. Control de las concentraciones es predecir lo que podría ser el mercado, no saber y hacer un juicio.

Véase también

  • Política de competencia
  • Comisario Europeo de competencia
  • Derecho de la competencia irlandesa
  • Mercado de referencia
  • SSNIP
  • Ayudas estatales
  • Ley antimonopolio de los Estados Unidos

Notas

  1. ^ 139/2004/CE
  2. ^ ¿civitias.org.uk: "Gamekeeper o cazador furtivo? Gran Bretaña y la aplicación de la política de ayudas y contratación estatal en la Unión Europea"(Garskarth) marzo de 2013
  3. ^ "Malev Aerolínea húngara ordenó por UE para el apoyo del estado pagar" 09 de enero de 2012
  4. ^ "Consejo de la CEE: Reglamento n ° 17: primer Reglamento de desarrollo de artículos 85 y 86 del Tratado". Eur-lex.europa.eu. 11 de marzo 2011. 
  5. ^ 64/566/CEE: Décision de la Comisión, del 23 de septiembre de 1964, relativa a une procédure au titre de l'article 85 du traité (IV-A/00004-03344 «Grundig-Consten») (Francés)
  6. ^ Véase, Cini y McGowan
  7. ^ Véase Gerber & Cassinis
  8. ^ Ver Wallace & Pollack
  9. ^ "Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo de 16 de diciembre de 2002 sobre la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado". Eur-lex.europa.eu. 11 de marzo 2011. 
  10. ^ (I-1979) [1991] P.C-41/90)
  11. ^ [2004]
  12. ^ Albany International BV (1999) [1], por AG Jacobs
  13. ^ Arte. 2.3 reg. 129/2005
  14. ^ Reglamento sobre concentraciones (CE) Nº 139/2004, arte 3 (1)
  15. ^ (1999) T-102/96, REC. P. II-753 [1999]
  16. ^ véase, por ejemplo para el 17, Directrices sobre la evaluación de fusiones horizontales (2004/C 31/03)
  17. ^ Francia / Comisión (1998) C-68/94, [1998] I-1375 REC, párr. 219
  18. ^ Vidrio plano Italiano [1992] rec. p. ii-1403
  19. ^ Airtours plc v Comisión (2002) T-342/99, Rec. p. II [2002]-2585, párrafo 62
  20. ^ Mannesmann, Vallourec y Ilva [1994] CMLR 529, L102 do 21 de abril de 1994
  21. ^ véase la discusión presentada en Hovenkamp H (1999) Política de defensa de la competencia federal: La ley de competencia y su práctica, 2ª ed., grupo del oeste, St. Paul, Minnesota. A diferencia de las autoridades sin embargo, los tribunales toman una mala opinión de la defensa de la eficiencia.
  22. ^ Kali und Salz AG v. Comisión [1975] P. 499
  23. ^ Tiempo Warner/AOL [2002] 4 CMLR 454, DO L268
  24. ^ por ejemplo Guinness/Grand Metropolitan [1997] 5 CMLR 760, L288 DO; Muchos de los Estados Unidos son mordaz de este enfoque, ver W. J. Kolasky, ' gama de efectos y fusiones de conglomerado: es un largo camino desde Chicago a Bruselas 09 de noviembre de 2001, dirección antes de George Mason University Symposium Washington, DC.
  25. ^ Unidos las marcas Continental BV / Comisión (1978) C-27/76, [1978] ECR 207
  26. ^ Hoffmann-La Roche & Co AG v. Comisión(1979) C-85/76, [1979] ECR 461
  27. ^ AKZO (1991) [2]
  28. ^ Esta fue la más baja participación de una empresa "dominante", todavía en el mercado en BA/Virgen 2004
  29. ^ Michelin [1983]
  30. ^ Continental puede (1973) [3]
  31. ^ Arte. 102(b) Porto di Genova (1991) [4]
  32. ^ (2004) Caso T-201/04 Microsoft Corp v Comisión Orden de 22 de diciembre de 2004,
  33. ^ Horspool, M.; Humphreys, M. Derecho de la Unión Europea (Séptima Ed.). Capítulo 14: Oxford: Oxford University Press, 2012. ISBN 9780199639816. 
  34. ^ https://curia.Europa.eu/Juris/Liste.JSF?NUM=C-418/01.  Falta o vacío |title = (Ayuda)
  35. ^ "Commercial Solvents (1974)". Eur-lex.europa.eu. 11 de marzo 2011. 
  36. ^ C-30/87 Corinne Bodson v SA Pompes funèbres des régions libérées [1987] ECR 2479
  37. ^ France Telecom SA v. Comisión (2005) Caso T-340/03
  38. ^ AKZO [1991] para 71
  39. ^ en la UE en virtud del artículo 102(2)c)
  40. ^ Azúcar irlandesa 1999
  41. ^ Ver Viho BV / Comisión Caso C-73/95 (1995) [1995] I-5457 de REC
  42. ^ Van Landewyck (1980) [5], por AG Reischl, no es necesario distinguir un acuerdo de una práctica concertada, porque son meramente convenientes etiquetas
  43. ^ Sandoz Prodotti Farmaceutica SpA v. Comisión (1990) [6]
  44. ^ Paul Craig y Gráinne de Burca (2003). Materiales, Tect, casos y LEGISLACIÓN de la UE. Prensa de la Universidad de Oxford. p. 1064. 
  45. ^ https://EC.Europa.eu/competition/cartels/leniency/leniency.html.  Falta o vacío |title = (Ayuda)
  46. ^ "Australiano de minería y fundición Europe Ltd / Comisión, REC. P. 1575". Caso 155/79. 1982. 
  47. ^ Paul Craig y Gráinne de Burca (2003). Materiales, textos, casos y LEGISLACIÓN de la UE. Prensa de la Universidad de Oxford. p. 1074. 
  48. ^ "Directrices sobre el método de ajuste de multas impusieron en virtud del artículo 23(2)(a) del Reglamento n ° 1/2003". 
  49. ^ "Cartel de cristal de coche ilegales recibe multas récords". 
  50. ^ "Las acciones por daños y perjuicios". 
  51. ^ Paul Craig y Gráinne de Burca (2003). Materiales, textos, casos y LEGISLACIÓN de la UE. Prensa de la Universidad de Oxford. p. 1063. 
  52. ^ "Sector farmacéutico consulta informe preliminar (DG competencia personal documento de trabajo)" (PDF). 
  53. ^ "Comunicación de la Comisión - Resumen Ejecutivo del informe de investigación del Sector farmacéutico" (PDF). 
  54. ^ Consulte la página de DGCOMP sobre Legislación de clemencia (inmunidad de multas y reducción de multas en casos de cártel)
  55. ^ ver, Comunicación de la Comisión de inmunidad de multas y reducción de multas en casos de cártel
  56. ^ véase, DGCOMP Comisión Europea > competencia > carteles > clemencia
  57. ^ "Oficina de negociar justo". Oft.gov.uk. 11 de marzo 2011. 
  58. ^ "Autorité de la concurrencia". autoritedelaconcurrence.fr. 11 de marzo 2011. 
  59. ^ "Bundeskartellamt". Bundeskartellamt.de. 11 de marzo 2011. 
  60. ^ ver discurso de madera, La internacionalización del derecho de la competencia: opciones para el futuro 03 de febrero de 1995, en https://www.usdoj.gov/ATR/Public/speeches/Future.txt
  61. ^ Whish (2003) p. 448
  62. ^ ver, https://www.internationalcompetitionnetwork.org/
  63. ^ C-218/00 CISAL di Battistello Venanzio y C. Sas v Instituto nazionale por l'assicurazione contro gli infortuni sul lavoro (INAIL) Para I-691, Rec. p. de [2002] 31-45
  64. ^ Presentación, párrafo 42
  65. ^ C-475/99 V Ambulanz Gloeckner Landkreis Suedwestpfalz Para I-8089, Rec. p. de [2001] 52-65
  66. ^ Ambulanz Gloeckner, párrafo 61
  67. ^ ver, C-311/85 En Vereniging van Vlaamse Reisbureaus v ASBL Sociale Dienst van de Plaatselijke Gewestelijke Overheidsdiensten [1987] ECR 3801, donde un belga Real Decreto incorpora un código de la Asociación de agente de viajes de conducta que prohíbe descuentos (es decir precios fijos)
  68. ^ C-18/88, [1991] ECR 5941
  69. ^ para 25, RTT v GB
  70. ^ para 26
  71. ^ párrafos 23 y 24
  72. ^ C-67/96 Albany International BV v Stichting Bedrijfspensioenfonds Textielindustrie I-5751 DE REC [1999]
  73. ^ Albany Para I-5751, de p. [1999] 97
  74. ^ "Eur-lex.europa.eu". 22 de septiembre 2012. 
  75. ^ "Un recurso sin fines de lucro". Ley de ayuda estatal. 11 de marzo 2011. 
  76. ^ "Un recurso sin fines de lucro". Ley de ayuda estatal. 11 de marzo 2011. 
  77. ^ "La Comisión Europea - concurso". EC.Europa.eu. 11 de marzo 2011. 
  78. ^ "La Comisión Europea - concurso". EC.Europa.eu. 11 de marzo 2011. 
  79. ^ EDA.Europa.eu: "Nivel cancha para Europea defensa industrias: el papel de propiedad y ayuda prácticas públicas" (2009)
  80. ^ "Un recurso sin fines de lucro". Ley de ayuda estatal. 11 de marzo 2011. 
  81. ^ Eliminación de la cláusula de competencia causa consternación, Buck de Tobias y Bertrand Benoit, Financial Times Página 6 de 23 de junio de 2007
  82. ^ P.1145 Chalmers (2006)
  83. ^ C-320/91 Corbeau I-2533 DE REC [1993]
  84. ^ DO L15/14, modificada por la Directiva 2002/39/CE, de 10 de junio de 2003, do 2002 L176/21
  85. ^ Directiva 97/67/CE del arte. 3 (1)
  86. ^ Directiva 97/67/CE del arte. 7 (1)
  87. ^ Ver Directiva 97/67/CE Praemble, "la reconciliación de la promoción de la liberalización gradual y controlada del mercado postal y la de garantía duradera de la prestación del servicio universal".
  88. ^ DO 2001 L125/27
  89. ^ véase también, T-175/99 UPS Europa v Comisión [2002] REC-1915, párrafo 66
  90. ^ Véase, por ejemplo, la Artículo 101(3) directrices de la Comisión, caso reciente de Glaxo de la Court of First Instance y algunos trabajos académicos, tales como Okeoghene Odudu, Los límites del derecho de competencia Comunitario: el alcance del artículo 81 (OUP 2006)
  91. ^ Chris Townley, Artículo 81 CE y políticas públicas (Hart 2009)
  92. ^ Sentencia del TJCE en la Glaxo caso es esperado con impaciencia, por ejemplo.
  93. ^ Coase, Ronald H. (Noviembre de 1937). "La naturaleza de la empresa" (PDF). Economica. 4 (16): 386-405. doi:10.1111/j.1468-0335.1937.tb00002.x. Archivado de el original (PDF) en 13 de enero de 2007. 10 de febrero 2007. 

Referencias

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  • Monti, Giorgio (2007) Derecho de competencia Comunitario, Cambridge University Press, ISBN 0-521-70075-2
  • Wilberforce, Richard (1966) La ley de monopolios y prácticas restrictivas, Dulce y Maxwell
  • Desea, Richard (2008) Derecho de la competencia, 6 ed. Oxford University Press, ISBN 978-0-19-928938-7
  • Tobler, Christa; Beglinger, Jacques; Wessel Geursen (2011), Derecho de la competencia esenciales de la UE en cartas, Budapest: HVG-ORAC / E.M.Meijers Instituto de estudios jurídicos, Universidad de Leiden. ISBN 978-963-258-118-7. Visualización de derecho de la competencia de la UE EUR-charts.eu.
  • Szyszczak (2007) La regulación del estado en los mercados competitivos en la UE
  • Geradin (Ed) (2000) La liberalización de los monopolios estatales en la Unión Europea y más allá
  • Quigley y Collins (2007) Legislación de ayudas estatales a la CE
  • Biondi et al., (2003) La ley de ayudas estatales en la Unión Europea

Acoplamientos externos

  • Sitio web del concurso de la Comisión Europea para profesionales
  • Sitio web del concurso de la Comisión Europea para los consumidores
  • Tratado sobre el funcionamiento de la Unión Europea – artículos 101-109 en competencia
  • Información sobre la ley de ayuda estatal (artículos 107 - 109 de la TFUE)

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